El pasado 9 de mayo, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dictó una importante sentencia (n° 236/08), la cual concluye que las direcciones Ip pertenecientes a las conexiones que los usuarios utilizan para hacer uso de las redes P2p como son emule o bitorrent, son publicas y por lo tanto visibles para el resto de los internautas, de este modo dichas direcciones IP no están protegidas ni por el derecho a la intimidad ni por el derecho al secreto de las telecomunicaciones. Por lo tanto en el transcurso de una investigación policial no seria necesaria una autorización judicial para conseguir algo que ya es publico, ya que el usuario la introduce voluntariamente en dichas redes para de este
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